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miércoles, 23 de noviembre de 2011

¿Qué es el Capital Social?

El Capital Social puede definirse como la cifra que, resultado de las aportaciones efectuadas por los socios, figura en la contabilidad social como primera partida del pasivo del balance.  Así entendido, el capital determina la participación de los socios y la cifra mínima de solvencia patrimonial de la sociedad frente a terceros.

La cuantía del capital social debe expresarse de forma obligatoria en la Escritura de Constitución y en los Estatutos Sociales. La cifra mínima para una sociedad limitada son 3.000 Euros y para una sociedad anónima son 60.000 Euros. 

El importe mínimo del capital constituye no sólo un requisito indispensable para la constitución de cada tipo social, sino que se han de mantener durante toda la vida de la sociedad.

Función : Fondo de Garantía

El capital social constituye una cifra de garantía mínima que, en tutela de los acreedores, ha de ser objeto de retención en la sociedad. 

No se trata, lógicamente, de que las aportaciones efectuadas por los socios deban permanecer bloqueadas en el activo social. 

Lo que la Ley procura es que la cifra de capital social se halle cubierta, en todo momento, por un patrimonio suficiente. La sociedad asume el compromiso de conservar un patrimonio neto equivalente, al menos, a la cifra del capital. 

La reducción del capital por debajo del mínimo legal constituye una causa legal de disolución de la sociedad.

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